Aplazar el pago del Impuesto de Sucesiones en Navarra: guía práctica del modelo 653

En Navarra existe la posibilidad de aplazar casi automáticamente el pago del Impuesto de Sucesiones. Gracias al modelo 653 y a las novedades introducidas por la Orden Foral 130/2025, la tramitación se ha simplificado y permite solicitar una prórroga o aplazamiento de forma más ágil que en ejercicios anteriores.

A continuación se explica quién puede solicitarlo, cuáles son los plazos, qué documentación se necesita y qué ocurre si Hacienda no contesta dentro del periodo previsto.

Qué es el modelo 653 y quién puede solicitar el aplazamiento

El modelo 653 es el formulario aprobado por la Orden Foral 130/2025 para solicitar el aplazamiento o la prórroga del pago del Impuesto sobre Sucesiones en Navarra.

Pueden presentarlo las siguientes personas:

  • Herederos.
  • Albaceas.
  • Administradores del caudal hereditario.

Se trata de los sujetos que intervienen directamente en la gestión y liquidación de la herencia.

Plazos para presentar la solicitud

El plazo para pedir el aplazamiento depende del lugar en el que se haya producido el fallecimiento:

  • Si el fallecimiento ocurrió en España: la solicitud debe presentarse dentro de los primeros cinco meses del plazo de liquidación.
  • Si el fallecimiento ocurrió en el extranjero: el plazo se amplía a nueve meses.

Presentar el modelo fuera de estos plazos implica la pérdida automática del derecho al aplazamiento.

Documentación necesaria

Para que Hacienda Foral admita la solicitud, se debe presentar lo siguiente:

  • Certificado de defunción del causante.
  • Relación aproximada de bienes y derechos que componen la herencia.

No es necesario aportar un inventario detallado en esta fase, pero sí un listado coherente que permita valorar la masa hereditaria.

Cómo se presenta el aplazamiento

La solicitud debe presentarse exclusivamente de manera electrónica. El propio modelo 653 está diseñado para su presentación telemática, tal como exige la Orden Foral 130/2025.

No se admiten presentaciones en papel ni por otras vías administrativas.

Silencio administrativo: qué ocurre si Hacienda no responde

Una de las novedades más relevantes del sistema es que, si Hacienda Foral de Navarra no comunica una resolución en un plazo de 30 días desde la presentación, el aplazamiento o la prórroga se consideran concedidos automáticamente.

Este silencio administrativo positivo aporta seguridad jurídica y evita retrasos innecesarios en la tramitación de herencias.

Jurisprudencia relevante: Sentencia del Tribunal Supremo 1297/2025

La sentencia 1297/2025 del Tribunal Supremo establece que presentar el modelo 653 fuera de plazo supone la pérdida del derecho al aplazamiento. El Tribunal confirma que los plazos de cinco o nueve meses son preclusivos, por lo que no admitir la solicitud es consecuencia directa del retraso en la presentación.

Los pasos esenciales para lograr el aplazamiento en Navarra

  1. Cumplir posteriormente con las condiciones fijadas, incluidas fechas de pago e intereses.
  2. Presentar el modelo 653 dentro del plazo correspondiente.
  3. Aportar el certificado de defunción y el listado de bienes.
  4. Realizar la presentación exclusivamente online.
  5. En caso de ausencia de respuesta en 30 días, entender concedido el aplazamiento.

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