Revisamos tu declaración para aplicar las deducciones que te corresponden y evitar errores que puedan costarte dinero

Evita problemas con Hacienda y paga solo lo justo.
Nuestro equipo jurídico-fiscal te ofrece todas las garantías.

No esperes al final de la campaña. Evita colapsos, errores y retrasos en la presentación

Confía en profesionales y deja tu renta en manos especializadas

Cuestionario de Información Fiscal
Cumplimenta y envíanos el Cuestionario de Información Fiscal. Esta información nos permitirá identificar las deducciones autonómicas específicas de Navarra a las que puedas tener derecho, incluidas aquellas que no aparecen por defecto en el borrador automático, y elaborar la propuesta de declaración lo más favorable posible para tus intereses.

Propuesta de Declaración
Una vez elaborada tu propuesta de declaración, te la enviaremos por email para que puedas revisarla y, si estás conforme, proceder al pago online del servicio para que podamos iniciar la tramitación de tu declaración.

Del resto nos encargamos nosotros
Cuando se abra el plazo oficial en Navarra, presentaremos tu declaración de forma telemática. Te confirmaremos el envío y el resultado (a devolver o a ingresar) mediante un justificante oficial que recibirás en tu correo electrónico. Además, te indicaremos, en su caso, la fecha estimada de la devolución en cuenta o las opciones de pago y fraccionamiento disponibles si el resultado es a ingresar.

    Cuestionario Renta 2025

    1. Datos de contacto

    ¿Autorizas el tratamiento de tus datos para la gestión de tu declaración?

    2. Datos del declarante

    3. Cónyuge

    ¿Existe cónyuge o pareja con datos a incluir?


    4. Situación personal y familiar durante 2025

    Indica si se ha producido cada situación:

    ¿Boda?
    ¿Separación legal?
    ¿Viudedad?
    ¿Pareja de hecho inscrita?
    ¿Hijos o menores de 30 años con rentas bajas?
    ¿Convivencia con mayores de 65 años?
    ¿Convivencia con persona con discapacidad superior al 33%?
    ¿Variación en la discapacidad de conviviente?

    5. Vivienda en 2025

    6. Rentas del trabajo y ayudas

    ¿Has estado en ERTE?
    ¿Has recibido ayudas al alquiler?
    ¿Has sido beneficiario del bono cultural?
    ¿Has sido beneficiario del Plan PIVE inmobiliario?

    Puede subir hasta 3 certificados de retenciones.


    7. Actividad económica

    ¿Eres autónomo?

    8. Inmuebles alquilados

    ¿Has tenido inmuebles alquilados en 2025?
    ¿El inmueble se alquiló como vivienda?
    ¿El inmueble se alquiló como vivienda en bolsa de alquiler?

    Ingresos generados durante el año 2025

    Gastos generados por el inmueble durante 2025


    9. Capital mobiliario y ganancias patrimoniales

    ¿Has vendido inmuebles en 2025?
    ¿Has vendido acciones en 2025?
    ¿Has vendido fondos de inversión en 2025?
    ¿Has vendido criptomonedas en 2025?
    ¿Has vendido otros activos en 2025?

    10. Otros gastos deducibles

    ¿Aportaciones a planes de pensiones / EPSV?

    ¿Donaciones a ONG / fundaciones / MECNA?

    ¿Inversión en empresas de nueva creación o economía social?
    ¿Gastos de guardería o custodia de hijos menores de 3 años?
    ¿Gastos de defensa jurídica frente al empleador?


    11. Información fiscal bancaria

    Puede subir hasta 6 certificados bancarios.


    12. Observaciones finales

    Responsable: BUFETE IRIBARREN ABOGADOS, S.L.P.

    Finalidad: Mantener una relación comercial (por interés legítimo del responsable, art. 6.1.f RGPD) y el envío de comunicaciones de productos o servicios (por consentimiento del interesado, art. 6.1.a RGPD).

    Conservación y comunicación de datos: Se conservarán durante no más tiempo del necesario para mantener el fin del tratamiento o mientras existan prescripciones legales que dictaminen su custodia y, cuando ya no sea necesario para ello, se suprimirán con medidas de seguridad adecuadas para garantizar la anonimización de los datos o la destrucción total de los mismos.

    No se comunicarán los datos a terceros, salvo obligación legal.

    Derechos: Acceso, rectificación, supresión, limitación, portabilidad, oposición y presentar una reclamación ante la AEPD.

    Información adicional: Puede obtener toda la información adicional y detallada que precise sobre el tratamiento y protección de sus datos personales en el enlace.

      Responsable: BUFETE IRIBARREN ABOGADOS, S.L.P.

      Finalidad: Mantener una relación comercial (por interés legítimo del responsable, art. 6.1.f RGPD) y el envío de comunicaciones de productos o servicios (por consentimiento del interesado, art. 6.1.a RGPD).

      Conservación y comunicación de datos: Se conservarán durante no más tiempo del necesario para mantener el fin del tratamiento o mientras existan prescripciones legales que dictaminen su custodia y, cuando ya no sea necesario para ello, se suprimirán con medidas de seguridad adecuadas para garantizar la anonimización de los datos o la destrucción total de los mismos.

      No se comunicarán los datos a terceros, salvo obligación legal.

      Derechos: Acceso, rectificación, supresión, limitación, portabilidad, oposición y presentar una reclamación ante la AEPD.

      Información adicional: Puede obtener toda la información adicional y detallada que precise sobre el tratamiento y protección de sus datos personales en el enlace.

      Preguntas frecuentes

      Sí. El borrador que genera Hacienda se basa únicamente en la información de la que dispone la Administración, por lo que puede no incluir determinadas deducciones o datos relevantes. Revisarlo permite optimizar el resultado y evitar errores de los que tú serías el responsable legal.

      Sí. El borrador es una propuesta elaborada con datos parciales. Puede contener errores, datos incompletos o no incluir determinadas deducciones autonómicas.

      Si confirmas el borrador sin revisarlo, serás responsable del contenido de la declaración aunque contenga errores o falten deducciones aplicables.

      La campaña de la renta en Navarra para el ejercicio actual comienza el 9 de Abril y finaliza el 25 de Junio de 2026.

      Sí. Si se detecta un error después de presentar la declaración, es posible presentar una declaración complementaria o solicitar una rectificación.

      Si el resultado es a ingresar, el contribuyente deberá abonar el importe correspondiente. En Navarra normalmente existe la posibilidad de fraccionar el pago en dos plazos sin intereses: el 50% será el 3 de Julio y el otro 50% el 20 de Noviembre de 2026.

      Hacienda realizará el ingreso en la cuenta bancaria indicada por el contribuyente. Si ya recibiste propuesta de Hacienda con resultado a devolver, es posible que el abono se realice durante los primeros días de Abril de 2026.

      La Hacienda Foral de Navarra dispone de hasta 6 meses desde el final del plazo de presentación para efectuar la devolución. Si se excede de ese plazo, la Administración está obligada a pagar intereses de demora al contribuyente.

      Sí. La declaración puede presentarse telemáticamente a través de los sistemas habilitados por Hacienda o mediante un asesor autorizado.

      Hacienda puede iniciar un procedimiento de comprobación para verificar que los datos declarados son correctos.

      Prepararla con tiempo permite revisar la información con calma, detectar deducciones y evitar problemas en los últimos días de la campaña.

      Hacienda puede comprobar y liquidar el IRPF de los últimos 4 años desde que finaliza el plazo voluntario de presentación de la declaración.

      Hacienda Foral de Navarra elabora automáticamente propuestas para muchos contribuyentes. Puedes comprobarlo de tres formas:

      Vía Online (La más rápida): Entra en la web oficial renta.navarra.es. Para acceder, necesitarás identificarte con: Certificado Digital o DNI electrónico, Cl@ve, DNI + PIN de Hacienda (si no tienes PIN, puedes solicitarlo en la misma web).

      Por Correo Postal: Hacienda suele enviar la propuesta físicamente a casa, aunque generalmente priorizan este envío para personas mayores de 65 años.

      Consulta Telefónica: Puedes llamar al teléfono de atención de Hacienda Navarra: 948 106 106.

      Navarra cuenta con diversas deducciones propias, entre ellas deducciones por alquiler de vivienda, familia, descendientes, discapacidad o determinadas situaciones personales.

      Porque pueden reducir significativamente el resultado de la declaración y muchas veces no aparecen automáticamente en el borrador.

      No son deducibles.

      Está exento en la cuantía establecida en el Estatuto de los Trabajadores, con un límite de 180.000€.

      Son deducibles los gastos en defensa jurídica derivados directamente de litigios relacionados con su empleador, con el límite de 300€.

      El 15% , con el máximo de 1.500 euros anuales, de las cantidades satisfechas en el periodo impositivo por el sujeto pasivo por el alquiler de la vivienda que constituya su domicilio habitual siempre que el sujeto pasivo no tenga rentas superiores a 30.000€ en el periodo impositivo.

      Son Rendimientos de Capital Inmobiliario. Debes incluir los ingresos íntegros y restar los gastos deducibles (IBI, comunidad, seguros, intereses hipoteca del inmueble, reparaciones, amortización del 3% sobre valor de adquisición…). Si alquilas a través de la bolsa de NASUVINSA, tienes una reducción adicional del 70% sobre el rendimiento neto.

      Los primeros 40.000€ están exentos de impuestos, se debe tributar por el exceso como incremento patrimonial.

      Si, si es dinero en efectivo ya habrán realizado una retención a cuenta de la renta.

      Si no es dinero, se debe declarar por el valor de mercado más el ingreso a cuenta que la productora haya pagado a Hacienda.

      No, las herencias se declaran en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones.

      Si vendes un bien heredado, si se debe declarar como Incremento o Pérdida patrimonial.

      Evaluamos tu situación personal y patrimonial de forma integral. Nuestro objetivo es identificar cada deducción aplicable que el borrador automático ignora, garantizando el máximo ahorro fiscal y la total seguridad jurídica.

      En Bufete Iribarren ponemos a tu disposición un Cuestionario que de forma sencilla te permitirá recopilar toda la información necesaria para que podamos preparar la declaración de la renta que mejor responda a tus intereses

      Si. En Bufete Iribarren podemos analizar tu situación fiscal para aplicar correctamente deducciones y beneficios fiscales.

      uEn Bufete Iribarren ponemos a tu disposición cuestionario y un formulario web para que puedas recopilar y enviarnos la información fiscal que necesitamos para poder hacer la declaración fiscal que más te convenga.

      Evaluar tu información fiscal es completamente gratis y si tu declaración encaja con las especificaciones de nuestro servicio renta 50. Su coste es desde 50 € más Iva.

      Pagas una vez que te hemos enviado la propuesta de declaración y solo si quieres que continuemos el proceso.

      No presentar la declaración cuando existe obligación puede dar lugar a recargos, sanciones o intereses de demora.

      Sí, ya que deben declarar los rendimientos obtenidos por su actividad económica (empresarial, profesional o agrícola)

      Depende de los ingresos y circunstancias personales de cada contribuyente. No todas las personas están obligadas.

      Aunque no llegues al mínimo de 17.000€ en Rendimientos de trabajo, se recomienda cuando te han practicado retenciones y/o tienes derecho a deducciones (alquiler de vivienda habitual, por hijos, por donativos).

      No es obligatorio en Hacienda de Navarra.

      No es obligatorio. Se recomienda presentarla para reclamar la devolución de los 300€ que han retenido.

      Es obligatorio si es superior a 17.000€/brutos anuales.

      Recomendable si te han aplicado retenciones y/o tienes deducciones.

      La responsabilidad recae sobre los herederos o legatarios. Son ellos quienes deben cumplir con las obligaciones tributarias pendientes del fallecido, a excepción de las sanciones (las multas no se heredan).

      Si el fallecido tuvo retenciones y sus ingresos fueron bajos, es muy probable que la declaración salga «a devolver», por lo que los herederos deben tramitarla para recuperar ese dinero.

      Resumen de privacidad

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