
La Audiencia de Navarra sigue dandonos la razon, los acuerdos TRAMPA son nulos. La Audiencia ha vuelto a dictar sentencia en nuestro favor reiterando que los contratos – trampa formalizados entre las entidades bancarias y los consumidores son NULOS por falta de transparencia.
La Audiencia sigue diciendo que no hubo información, no existió ninguna oferta previa al acuerdo ni puede acreditarse que se informó a nuestra cliente, con anterioridad, del importe al que estaba renunciando con la firma de dicho documento. Tampoco se le permitió buscar asesoramiento de forma externa y determina:
“Conforme a la prueba practicada consideramos que no podemos dar por acreditado la realización de simulaciones que permitieran al cliente conocer cuáles serían los diversos escenarios posibles según la evolución de los tipos y la repercusión en el coste del contrato en caso de bajadas de los tipos de interés que motivaran la entrada en funcionamiento de la cláusula suelo, así como las diferencias con el coste con otras modalidades de préstamo con un diferencial más alto, pero sin suelo. En conclusión, no existe prueba lo suficientemente acreditativa de que por parte de la Sra. xxxxxxxxxxxxxxxx hubiera llegado a comprender realmente la trascendencia de la cláusula en cuestión y pudiera hacerse una idea cabal y suficiente de las importantes consecuencias económicas que podía tener la inserción de dicha cláusula. En definitiva, el segundo nivel de transparencia no se alcanza o supera en el presente caso.”.
En vistas a lo anterior, la Audiencia dictamina que el acuerdo y, en especial, la cláusula de renuncia en él contenida, son opacos y por tanto NULOS.
Una vez más, la Audiencia nos vuelve a demostrar que resulta imprescindible realizar un análisis de transparencia en los contratos – trampa en vistas a garantizar una protección efectiva al consumidor quien, engañado por la entidad y ante la situación de desinformación en la que se encontraba, firmó sin conocer su verdadero contenido.
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Jorge Iribarren Ribas
Abogado fundador Bufete Iribarren
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