Bufete Iribarren Ribas ha obtenido un Auto del Tribunal Supremo con el que se
refuerza la esperanza de hacer frente solamente a la parte privilegiada de carácter
público. Normalmente, esta parte de deuda que sí deberán abonar en todo caso se
corresponde con el 50% de la deuda principal. Por el contrario, nuestros clientes se
verán exonerados del otro 50% restante de principal más la parte de subordinado
(recargos e intereses).
El cumplimiento del pago del crédito que no se exonera deberá realizarse en un plan
de pagos mensual a 5 años destinando la mitad de la parte embargable de sus
ingresos, si aún así en los 5 años no han conseguido pagar todo el importe también
podrán ser exonerados de esa parte.
Desde el Bufete de abogados Iribarren Ribas, agradecemos a todos los clientes de
Segunda Oportunidad la confianza deposita en nosotros y esperamos que esta
resolución que ha conseguido nuestro despacho sirva para paliar la situación
insostenible que soportan, pues después de este Auto esperamos ofrecerles una
segunda oportunidad, real y efectiva, para afrontar de nuevo su vida libre de cargas.

María Gracia Iribarren Rivas
Abogada en Bufete Iribarren Abogados