La sentencia fue emitida por el pleno de la Audiencia Provincial de Navarra, compuesto por seis magistrados: la presidenta, Doña Ana Inmaculada Ferrer Cristóbal, la ponente, Doña Amagoia Serrano Barrientos, y los magistrados Don Aurelio Herminio Vila Duplá, Don Jesús Santiago Delgado Cruces, Don Ildefonso Prieto García-Nieto y Don Daniel Rodriguez Antúnez. Al ser la primera de este tipo, se decidió dictarla en pleno para resolver la controversia, establecer un criterio claro y obligar a los dos juzgados mercantiles a ajustarse a dicha postura, lo que implica un cambio de criterio a favor de los afectados.
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La Audiencia Provincial ha sido tajante en sus argumentos, determinando que los afectados por el cartel de coches pueden reclamar y recibir el 5% del precio de compra del vehículo, sumado a los intereses generados desde la fecha de adquisición. Este fallo no deja lugar a dudas, lo que obliga a los juzgados mercantiles a adoptar este criterio y a estimar en su totalidad las demandas presentadas por los afectados contra las marcas implicadas.
El tribunal también ha concluido que las reclamaciones no pueden ser desestimadas ni por prescripción ni por falta de pruebas. En cuanto al cartel de coches en Navarra, el criterio será una estimación objetiva del daño, permitiendo a los afectados recuperar entre 1.500 y 3.000 euros. Se calcula que en Navarra hay más de 90.000 vehículos afectados, adquiridos durante los siete años en que operó el cartel. Hasta la fecha, unos 1.500 propietarios han iniciado el proceso de reclamación y podrán recuperar su dinero. Aquellos que aún no lo han hecho, que son muchos, aún tienen la oportunidad de reclamar lo que les corresponde.
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