La abogada Doña Ana Beorlegui Loperena, miembro del Bufete Iribarren, proporciona un análisis sobre los puntos a tener en cuenta en un divorcio o separación de mutuo acuerdo cuando se tienen animales de compañía, debido a que en España la custodia de los animales ha ganado relevancia legal en los últimos años.
En concreto, la reforma del Código Civil introducida en 2022, ha cambiado la forma en que se tratan los animales en estos procesos. A continuación, desde BUFETE IRIBARREN detallamos cómo afecta la custodia de los animales en una separación o divorcio y los aspectos jurídicos que debes tener en cuenta:
Reconocimiento de los Animales como Seres Sintientes:
En primer lugar, debemos tener en consideración que los Animales de compañía se reconocen por nuestro ordenamiento jurídico como “seres sintientes” y no como bienes muebles, lo que significa que tienen un estatus especial y deben ser tratados con respeto a su bienestar.
Es por ello que, en un proceso de separación o divorcio, debemos tener en consideración el bienestar del animal al decidir sobre su custodia y las medidas a acordarse.
Los cónyuges que tengan la intención se separarse o divorciarse deberán recoger en un convenio regulador (documento que regula los aspectos de la separación o divorcio) quién se queda con la custodia del animal, el régimen de visitas y cómo se repartirán los gastos relacionados con su cuidado (veterinarios, alimentación, etc.)
Así pues, los diferentes aspectos a tener en cuenta a la hora de adoptar un convenio son los siguientes:
Custodia Compartida o Individual:
Las partes pueden establecer que la custodia del animal sea compartida (por tiempos iguales) o bien individual atribuyéndose a uno de ellos, estableciéndose un régimen de visitas a favor del otro cónyuge, siempre priorizando el bienestar del animal.
Para tomar esta decisión se tendrá en consideración quien ha cuidado de forma habitual del animal, así como la capacidad económica y disponibilidad para sus cuidados.
Un punto que también deberá tenerse en cuenta es el ambiente más adecuado para el bienestar de nuestro animal de compañía.
Visitas y Comunicación
En el supuesto de que las partes hayan acordado que la custodia del animal sea individual, se podrá establecer un régimen de visitas para el cónyuge que no tenga la custodia del animal.
Este régimen puede ser muy variado e incluir fines de semana, vacaciones o días específicos dependiendo del ritmo de vida de la familia que se separa o divorcia.
Para poder efectuar un régimen de visitas adecuado recomendamos que las partes se atengan a las rutinas del animal y las capacidades/disponibilidad de los cónyuges, siempre en el mejor interés del animal.
Alimentos y Gastos del Animal:
En el convenio regulador también estableceremos la obligación de uno o ambos cónyuges a la contribución de los gastos del animal ( ej. gastos veterinarios, alimentación, y otros costos de mantenimiento, esto es, similar a como ocurre en el caso de que se tengan hijos).
Para determinar el importe o porcentaje a abonar por parte de cada uno se tendrá en consideración la capacidad económica de cada uno de los cónyuges.
Modificación de las Medidas
Las medidas sobre la custodia de los animales pueden ser modificadas posteriormente si cambian las circunstancias de cualquiera de las partes o del animal.
Si hay acuerdo entre las partes para llevar a cabo dicha modificación, deberá elaborarse un nuevo convenio con los cambios efectuados.
En el caso de que las partes no estén conformes en presentes una modificación, será la parte interesada la que deberá solicitar al juez una modificación de las condiciones acordadas acreditando el cambio de circunstancias (nos encontraríamos ante un procedimiento contencioso).
Conclusión
La custodia de los animales en una separación o divorcio es un aspecto importante que ahora tiene una base legal España. El bienestar del animal es el criterio primordial que deberá tenerse en consideración a la hora de tomar cualquier decisión. En cualquier caso, contar con asesoría legal es esencial para proteger los intereses tanto del animal como de los propietarios.
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Si te encuentras en una situación similar y necesitas asesoramiento, Bufete Iribarren Abogados es tu despacho. Aquí te aconsejaremos y guiaremos teniendo en cuenta que el bienestar de los animales de compañía debe ser protegido.
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Olaia Ana Beorlegui Loperena
Abogada en Bufete iribarren
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