El Juzgado Nº5 de Pamplona y el Tribunal de Instancia Nº4 de Tudela acaban de declarar la nulidad del índice de préstamos hipotecario –IRPH- inserto en escrituras de préstamo hipotecario de dos clientes defendidos por Bufete Iribarren Abogados, socio de ANULAIRPH.
Dichas sentencias, posteriores al 01 de octubre de 2025 – fecha en la que se esperaba se produjese el pronunciamiento del Tribunal Supremo- refuerzan la protección de los consumidores ante la abusividad del índice, donde la falta de información otorgada por la entidad bancaria al cliente a la hora de formalizar los contratos resulta clave.
Mientras miles de afectados siguen a la espera de un pronunciamiento del Tribunal Supremo que puede abrir la puerta a cientos de reclamaciones, diversos Juzgados de toda España están declarando abusivo el índice siguiendo los criterios fijados por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en diciembre de 2024.
Entendemos que esa demora en la resolución del Alto Tribunal se tiene que deber a que las consecuencias económicas de la nulidad del índice pueden suponer un gran impacto tanto en el cliente como en la entidad bancaria.
Actualmente, son varias las opciones que están encima de la mesa y que pueden ser aplicadas por los Tribunales tras declarar nulo el índice.
La primera de ellas sería que el préstamo pudiese subsistir sin tipo de interés, que implicaría que el cliente pudiese recuperar todas las cuotas abonadas durante la vida del préstamo junto con los intereses devengados, continuando la vida restante del préstamo sin tipo de interés. Esto supondría que el cliente podría cobrar un 60% o más del precio de su hipoteca.
La segunda de ellas es que el préstamo no pueda subsistir sin tipo de interés, lo que abre tres escenarios posibles.
- El primero de ellos es que se produjese una sustitución del IRPH + diferencial por el EURIBOR + diferencial. Esto supondría que el cliente podría cobrar un 30% o más del precio de su hipoteca
- En esta opción, la entidad bancaria estaría obligada a recalcular las cuotas del préstamo, abonando la diferencia entre lo que se ha pagado por el IRPH y lo que se hubiese pagado por el EURIBOR, todo ello con el interés legal del dinero.
- Esta opción fue la adoptada por el Tribunal de Instancia de Tudela el pasado 09 de octubre.
- La segunda opción sería la cancelación del préstamo, que abriría a su vez dos escenarios posibles
- La aplicación del artículo 1303 del Código Civil. En caso de aplicar este artículo, ambas partes -prestamista y prestatario- deben devolverse las cantidades recíprocamente junto con intereses, lo que favorece mucho a la entidad y puede perjudicar al consumidor de forma significativa. Esto opción no sería buena para el cliente pero la entidad le tendría que dar la opción al cliente de sustituir su hipoteca IRPH por el Euribor.
- La aplicación del artículo 1306 del Código Civil. En este caso, el consumidor no tendría que devolver nada del dinero que la entidad le presto y la entidad debería restituir todas las cuotas pagadas por el cliente (amortización más intereses) con sus correspondientes intereses. Esto supondría que el cliente podría cobrar una cantidad que podría superar el 100% de su hipoteca
- En tercer y último lugar, la aplicación de una opción hibrida – adoptada por el Juzgado de San Sebastián que elevó la cuestión prejudicial al TJUE- en la que el consumidor tendría que devolver a la entidad bancaria el capital recibido -sin intereses- y la entidad bancaria devolver al cliente todo el dinero abonado durante la vida del préstamo con sus correspondientes intereses. Esto supondría que el cliente podría cobrar hasta un 70% o más del precio de su hipoteca.
Como se puede apreciar, las opciones son variadas y pueden afectar de una u otra manera al consumidor y a la entidad bancaria según cuál sea la decisión adoptada, razón por la que la deliberación está siendo compleja. Lo que está claro es que sea cual sea la decisión que se adopte el consumidor podrá recuperar una cantidad muy importante de dinero.
En Bufete Iribarren Abogados, el equipo especializado en derecho bancario ofrece un acompañamiento personalizado para estudiar cada caso, reclamar a las entidades financieras y preparar la defensa con la mejor calidad jurídica.
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