
Nuestros abogados le ofrecerán asesoramiento integral sobre la donación de bienes, informándole de sus derechos y obligaciones y aconsejándole la mejor forma de proceder.
Carolina Rodriguez Alvarez. Abogada Bufete Iribarren
¿Qué es una donación?
Por medio de una donación una persona cede a otra parte de su patrimonio de forma gratuita por su deseo de beneficiarla. También es donación la que se hace a una persona por sus servicios prestados al donante, cuando estos no constituyen deudas exigibles, o aquella en que se impone al donatario un gravamen inferior al valor de lo donado.
Diferencia entre herencia y donación
La principal diferencia entre herencia y donación radica en el momento en que se transfieren los bienes: la herencia se recibe tras el fallecimiento del propietario, mientras que la donación es la transferencia de bienes que se realiza en vida del donante.
Tipos de donaciones:
Donaciones Puras
Donaciones Inter-vivos
Donaciones Mortis-Causa
Donaciones Remuneratorias
Donaciones con facultad de disponer
Donaciones con clausula de reversión
Donaciones Condicionales
¿Cuándo se puede revocar una donación?
En términos generales no se puede revocar una donación. Salvo las siguientes excepciones recogidas en el Código Civil:
1. En caso de no cumplirse por parte del donatario alguna de las condiciones que el donante le impuso.
2. En caso de ingratitud, si se produce algún delito pot parte del donatario hacia la persona donante.
Impuestos en las donaciones
La persona que recibe el bien o derecho debe pagar el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones en la modalidad de Donaciones. Además, en el caso de bienes inmuebles, también deberá abonar el Impuesto de Plusvalía Municipal, cuya cantidad es variable según el municipio. Mientras que la persona que realiza la donación deberá reflejar esta en su declaración de la renta.
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