¿Problemas con el alquiler de tu vivienda? Si este es tu caso, quédate e infórmate de lo que puedes hacer

No siempre que finaliza un contrato de alquiler surgen conflictos, pero existen ocasiones en que nos encontramos con algunos problemas ante los cuales no sabemos cómo responder.

Cabe destacar que es muy importante, para obtener una buena solución a tus problemas, que siempre te podamos asesorar personalmente, puesto que cada persona es diferente lo que conlleva a que cada uno/una posea contratos con distintas cláusulas que fueron pactadas en su momento entre las partes.

Así pues, aquí te mostraremos algunos de los dilemas existentes en el ámbito de los arrendamientos urbanos. Estos pueden ser:

La no devolución de fianza.

Ante esta razón, debemos conocer, que el depósito entregado al inicio del contrato, es lo que llamamos en el ámbito de los arrendamientos urbanos, fianza, y ésta se utiliza como garantía para asegurar el cumplimiento de las obligaciones por parte del arrendatario.
De esta manera, la consignación de la fianza puede deberse a razones como la reparación de desperfectos en la vivienda o el impago de las rentas.
Esta consignación es correcta, ya que si el arrendatario incurre en dolo, negligencia o morosidad lo correcto es usar esta fianza para reparar los daños o saldar los impagos. Sin embargo, si el valor de los daños o el impago de las rentas excede de la cuantía de la fianza, el arrendador tiene la posibilidad de reclamar una indemnización adicional, siempre que se demuestre la responsabilidad del arrendatario.
Por el contrario, si eres arrendatario y tu arrendador no te devuelve la fianza debes saber que el arrendador dispone de un mes desde la entrega de las llaves para realizar el depósito de la fianza. A partir de ese momento, si no se realiza la entrega de la cantidad pendiente ésta devengará el interés legal del dinero. También, tienes otra opción, y es la de reclamar la devolución de la fianza a través de un procedimiento judicial si el arrendador se niega a devolverla injustificadamente.

Rescisión del contrato.

En España, las causas de rescisión del contrato se encuentran reguladas en la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) y en el código civil. Éstas causas pueden ser por la expiración del plazo del contrato, el incumplimiento de las condiciones contractuales, la realización de actividades ilícitas, entre otras. Los procedimientos legales para la rescisión de un contrato puede implicar un juicio verbal, especialmente en casos de impago.
Una de las consultas más frecuentes ante dicha rescisión, versa sobre el tiempo necesario y obligatorio para rescindir un contrato de arrendamiento. Ante tal cuestión, es imprescindible tener en cuenta el momento en que se formalizó el contrato.

Generalmente, en la actualidad, los contratos firmados con el Real Decreto del 5 de marzo de 2019 pueden ser desistidos después de seis meses, notificando al arrendador con al menos treinta días de antelación, así lo dispone el art. 11 de la LAU. Para los contratos firmados antes de dicho Real Decreto, habrá que estar a lo dispuesto en la ley del momento en que se formalizó el contrato.

Renovación de los contratos.

La renovación de tu contrato, también dependerá del momento en que se formalizó dicho contrato.
Actualmente, en España, la duración de un contrato de arrendamiento de vivienda está regulada por la Ley de Arrendamientos Urbanos (Ley 29/1994, de 24 de noviembre), modificada por la Ley 12/2023, de 24 de mayo.
La duración mínima es de cinco años si el arrendador es una persona física y de siete años si es una persona jurídica. Si ninguna de las partes notifica su intención de no renovar, el contrato se prorrogará automáticamente por plazos anuales hasta un máximo de tres años adicionales.

Después de estas explicaciones, esperamos haberte ayudado y haber resuelto algunas dudas. Si tienes más preguntas o te encuentras ante una situación similar no dudes en ponerte en contacto con nosotros, te brindaremos un servicio personalizado y de calidad.

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