¿Qué son los PIAS Unit linked?
El Unit Linked es una opción interesante para quienes buscan combinar ahorro e inversión, pero es fundamental entender sus características. Se trata de un seguro de vida-ahorro en el que parte del capital invertido está garantizado en caso de fallecimiento y el resto se invierte en una cartera de valores escogida por los clientes entre las diversas opciones ofertadas.
En otras palabras, esta modalidad “Unit Linked” cubre el riesgo de fallecimiento de los prestatarios, invirtiéndose el resto en una variedad de fondos sujetos a riesgo de perdido, lo que implica que la entidad aseguradora no asuma el riesgo de la inversión ni garantice un interés mínimo en caso de pérdida total.
Si bien los “Unit Linked” pueden ofrecer potencialmente una mayor rentabilidad que un seguro tradicional, el riesgo también recae en el tomador, lo que significa que el valor de la inversión puede fluctuar y, en algunas ocasiones y debido a la volatilidad del mercado, afectar al capital invertido, incluso llegando a producirse una pérdida total.
Si consideras una unidad vinculada, es clave evaluar tus objetivos financieros, horizonte de inversión y tolerancia al riesgo. Consultar a un asesor financiero es una excelente idea, ya que te proporcionará una perspectiva más clara sobre las opciones disponibles y te ayudará a tomar decisiones informadas que se alineen con tus necesidades.
¿Cómo funciona un Unit Linked?
Los unit linked combinan un seguro de vida con una inversión. La parte destinada al seguro garantiza una cobertura en caso de fallecimiento o invalidez, y el resto de las cantidades se invierten en una cartera de valores escogida por los propios clientes.
El enfoque habitual de las compañías es mantener la prima del seguro al mínimo para maximizar la cantidad invertida. Por ejemplo, si inviertes 1.000 euros anuales, solo una pequeña parte se destina a la prima del seguro, lo que permite que el resto se utilice para potencialmente generar rendimientos a través de diversas inversiones.
Es importante tener en cuenta que, aunque ofrecen la ventaja de la inversión, también conllevan riesgos asociados, ya que el rendimiento de la parte invertida puede variar según el comportamiento del mercado. El producto no ofrece garantía sobre el capital invertido a cambio de poder optar a una rentabilidad muy superior a la que otorgan, actualmente, depósitos a largo plazo, aunque el índice de referencia evolucione de forma negativa.
El Unit Linked se presenta como una opción interesante para quienes buscan tener un mayor control sobre sus inversiones, al mismo tiempo que disfrutan de las ventajas de la diversificación que ofrecen los fondos de inversión. A diferencia de una cartera tradicional gestionada por un banco, aquí tienes la libertad de ajustar la composición de tu cartera dentro de las opciones que la aseguradora te proporciona.
Problemas de los Unit Linked
La rentabilidad de los “Unit Linked” no está asegurada ni tampoco el capital. Como ocurre con cualquier cesta de fondos de inversión, es imposible asegurar que se recuperará el dinero u obtendrá una ganancia determinada.
A esto hay que añadir que la gestión de la cartera de fondos que realiza el equipo gestor tiene un coste que tendrás que pagar y que la entidad aseguradora no va a asumir riesgo alguno por la inversión ni garantizará un interés mínimo en caso de se produzca la pérdida total del capital invertido, ya que el resultado final de la inversión depende de la evolución del índice de referencia.
Información previa al tomador del seguro y consecuencias de su incumplimiento
No obstante, el tomador del seguro debe en todo momento recibir suficiente información por parte de la entidad que ofrezcan este servicio sobre qué es realmente lo que está contratando. Al respecto, resulta de aplicación el articulo 5 del RD 629/1993 que regula con mayor detalle la información que estas entidades que prestan servicios financieros debían ofrecer a sus clientes, cuyo apartado 1 y 3 dispone:
“1. Las entidades ofrecerán y suministrarán a sus clientes toda la información de que dispongan cuando pueda ser relevante para la adopción por ellos de decisiones de inversión y deberán dedicar a cada uno el tiempo y la atención adecuados para encontrar los productos y servicios mas apropiados a sus objetivos.
3. La información a la clientela debe ser clara, correcta, precisa, suficiente y entregada a tiempo para evitar su incorrecta interpretación y haciendo hincapié en los riesgos que cada operación conlleva, muy especialmente en los productos financieros de alto riesgo, de forma que el cliente conozca con precisión los efectos de la operación que contrata”.
Y es, precisamente, la vulneración de este articulado lo que está conllevando a numerosos Juzgados en España dictar la nulidad de este tipo de contratos debido al error en el consentimiento del cliente ante la falta de información real, clara, concreta, precisa y suficiente de qué estaban contratando y cuáles eran los riesgos inherentes al mismo en el momento de perfección del contrato, todo ello conforme al artículo 1.265 y 1.266 del Código Civil.
Jurisprudencia relevante: El TJUE fijó criterio para anular por error vicio en el consentimiento.
La Sala Novena del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dictado su Sentencia de 2 de febrero de 2023 en el asunto C- 208/21 que tuvo por objeto una petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunal de Distrito de Varsovia-Wola.
El 10 de enero de 2012, el Sr. KD se adhirió, como asegurado, por un período de quince años, al contrato colectivo de seguro de vida unit-linked celebrado entre una empresa de seguros y un banco que actuaba como tomador del seguro. El Sr. KD pagaría mensualmente unas primas que serían invertidas por la aseguradora en un fondo de inversión cuyo capital estaba constituido a partir de dichas primas. Tras haber sido convertido en participaciones del fondo de inversión, el importe correspondiente a tales primas se invertía en certificados emitidos por una empresa de inversión («activos representativos del contrato colectivo unit-linked»), cuyo valor se calculaba sobre la base de un índice. La aseguradora se comprometía a abonar prestaciones en caso de fallecimiento o de supervivencia del asegurado al término del período de seguro. El importe de estas prestaciones no debía ser inferior al valor nominal de las primas abonadas por el asegurado y se vería incrementado por cualquier variación positiva del valor de las participaciones del fondo de inversión. En cambio, en caso de resolución del contrato de seguro antes de la finalización de su período de validez, la aseguradora se comprometía a reembolsar al asegurado un importe igual al valor actualizado de las participaciones de este en el fondo de inversión, previa deducción de una comisión de liquidación.
La documentación contractual no especificaba las normas que regían la conversión de las primas mensuales en participaciones en el fondo de inversión, la valoración de dichas participaciones, la valoración de los activos netos de todo el fondo, la valoración de los certificados en los que se colocaban los recursos del fondo, ni el método de cálculo del valor del índice en el que se basaba el pago de tales certificados. Resultando al cabo que el valor de sus participaciones en el fondo de inversión era sensiblemente inferior a la suma de las primas de seguro, el Sr. KD desiste del contrato (sic) y pide restitución de los importes pagados como prima, a lo que la aseguradora se niega.
La decisión del Tribunal
El TJUE hace cuatro declaraciones fundamentales para el futuro de estos productos financieros y para la configuración del Derecho contractual de consumo.
- La comercialización de estos productos de inversión incurriendo en omisiones de información fundamentales para el inversor constituye una «práctica comercial engañosa» del artículo 7.2 de la Directiva 2005/29.
- Esta comercialización conduce a que la práctica en cuestión pueda igualmente fundamentar una anulación del contrato por vicio del consentimiento.
- Esta nulidad, no impuesta por el Derecho de la Unión Europea, es una medida proporcionada, eficaz y disuasoria en el sentido del artículo 13 de la Directiva cuya estimación pertenece a los jueces nacionales.
- Tanto el tomador del seguro (banco) como la aseguradora contratante responden conjuntamente frente a la demanda de nulidad.
Conclusiones
Si bien los productos «Unit Linked» representan una innovadora combinación de inversión y seguro ofreciendo a los consumidores una alternativa atractiva en el ámbito financiero, su complejidad y las implicaciones inherentes requieren un análisis cuidadoso, lo que implica que todo cliente debe ser informado, antes de la perfección del contrato, de los riesgos que comporta la operación especulativa de que se trate, pues, de lo contrario, puede dar lugar a la declaración por parte de los Tribunales de la nulidad del contrato debido a la concurrencia de error en el consentimiento como causa invalidante.
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